
El Juzgado Federal N.º 2 de La Plata, a cargo del juez Alejo Ramos Padilla, admitió una acción de amparo presentada por distintas organizaciones sociales —como el Movimiento por el Agua de Santa Fe, Naturaleza de Derechos, el Movimiento La Ciudad Somos Quienes la Habitamos y el Observatorio del Derecho a la Ciudad—. La demanda reclama la actualización del artículo 982 del Código Alimentario Argentino (CAA), que regula los controles sobre la calidad del agua potable distribuida en redes domiciliarias.
12 De Junio de 2025
BUENOS AIRES – La presentación fue impulsada en el marco de la campaña “Acción en Defensa del Agua”, lanzada en el Día Internacional del Agua. En este contexto, el juez le dio un plazo de cinco días al Estado Nacional, por intermedio de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), para responder al reclamo, que consta de un extenso informe de 142 páginas respaldado por evidencia científica y estudios realizados por asambleas de pueblos afectados por fumigaciones en la provincia de Buenos Aires.
El eje central de la demanda señala que el listado de sustancias actualmente utilizado en el artículo 982 está desactualizado: aproximadamente el 90% de los principios activos que contempla fueron prohibidos hace más de tres décadas.
Según señala el sitio especializado, Naturaleza.ar, esto implica que los análisis de agua no detectan los agroquímicos actualmente usados, lo que genera una falsa percepción de seguridad sanitaria.
Los demandantes proponen adoptar normas como las establecidas en la Directiva 2020/2184 de la Unión Europea, que fija parámetros más estrictos y actualizados para el agua destinada al consumo humano. Consideran que esta normativa es más adecuada a los estándares internacionales de derechos humanos, en especial al principio “pro homine”, que establece que deben aplicarse las regulaciones que brinden mayor protección.
Efectos de agrotóxicos en el agua
Como viene dando cuenta InfoGEI, estudios recientes han revelado que la presencia de agrotóxicos en el agua puede provocar efectos graves para la salud, como cáncer, alteraciones endocrinas y daños genéticos, incluso en bajas concentraciones y con exposición prolongada. A pesar de ello, denuncian que la ciudadanía no está debidamente informada ni protegida.
La solicitud busca asegurar que las empresas encargadas de suministrar agua potable realicen controles más rigurosos, basados en listados que reflejen los productos agroquímicos utilizados actualmente. Como modelo, mencionan la matriz elaborada por el INTA Balcarce —liderada por la Dra. Virginia Aparicio— y el Centro de Investigaciones del Medio Ambiente (CIM) de la Universidad Nacional de La Plata, que considera 42 principios activos detectados en estudios de agua superficial, subterránea y de red. En promedio, estos análisis encontraron residuos de al menos 15 agrotóxicos simultáneamente.
El Código Alimentario Argentino
Regulado por la Ley 18.284 y el Decreto 2126/71, el CAA, define los parámetros sanitarios y comerciales que deben cumplir los alimentos en el país. Su objetivo es resguardar la salud pública y garantizar transparencia en las prácticas comerciales, adaptándose a los avances científicos y compromisos internacionales, especialmente del Mercosur.
La CONAL, bajo la órbita del Ministerio de Salud, es el organismo encargado de proponer modificaciones al CAA. Según lo dispuesto en el Decreto 815/1999, tiene el deber de asesorar y supervisar el cumplimiento del Sistema Nacional de Control de Alimentos. Por lo tanto, recae sobre ella la responsabilidad de mantener actualizado el artículo 982, cuya vigencia en su forma actual debilita los controles sobre la calidad del agua potable, en particular en zonas con alta exposición a productos agroquímicos. (InfoGEI)Ac
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