CAMBIOS EN EL PUERTA A PUERTA: PROHÍBEN LAS CUOTAS PARA COMPRAS EN EL EXTERIOR

La restricción comenzará a regir el próximo 4 de julio y alcanzará a productos importados que se reciban por correo postal y sin finalidad comercial.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) prohibió a bancos y empresas proveedoras de créditos financiar en cuotas la compra de productos o servicios adquiridos en el exterior, lo que incluye de pasajes y servicios turísticos (algo que ya se había anunciado en noviembre del 2021) hasta productos recibidos a través de envíos postales bajo la modalidad que se conoce como «puerta a puerta». La medida fue publicada el jueves a través de la Comunicación «A» 7535, en la que el Gobierno estableció que a partir del próximo 4 de julio las entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito no podrán financiar en cuotas las compras de sus clientes en estos rubros. La decisión se da en el marco del endurecimiento de las restricciones cambiarias con las que el Central pretende hacerle frente a la escasez de reservas.

La norma, según se estipuló, alcanza a productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial según el Código Aduanero. El servicio «puerta a puerta» tuvo un fuerte crecimiento en plena pandemia, dada la imposibilidad de viajar y hacer turismo como consecuencia del aislamiento preventivo y obligatorio. Se trata de una opción que suelen ofrecer las empresas de transporte internacional y a través del cual los consumidores pueden comprar productos en el exterior y recibirlos en sus casas sin necesidad de hacer trámites aduaneros y con la posibilidad de pagar en cuotas (hasta el 4 de julio próximo) y acceder a bienes que no se consiguen en el país.

Actualmente, lo ofrecen empresas privadas como Tiendamía, Aerobox y Pickabox pero también lo hace el Correo Argentino. Una diferencia entre los envíos «puerta a puerta» y los llamados couriers es que los primeros solo pueden realizarse a personas físicas y en el segundo se incluye a las empresas. No obstante, también existen otras alternativas menos tradicionales, como alquilar lockers, casillas postales o direcciones en ciudades de los Estados Unidos, a donde se pueden dirigir las compras para que luego sean trasladadas a la Argentina.

Las personas pueden comprar las veces que quieran, pero tienen que tener en cuenta que cada uno puede recibir hasta 12 envíos por año calendario de hasta USD 50 cada uno, libres de impuesto, según estableció la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).  Además puede utilizar el cupo a lo largo del año como quiera, es decir que no hace falta que sea un paquete por mes. Al momento de realizar la declaración, el consumidor tiene que pagar la tasa de gestión de correo que incluye los costos de almacenaje, presentación a la Aduana y la gestión administrativa que hay que realizar con cada uno de los envíos que llegan desde el exterior, independientemente de su peso y valor. Ahora, la diferencia es que no podrá financiar esas compras desde un primer momento.

Por otro lado, si la compra supera los USD 50 se debe abonar el 50% del excedente en concepto de impuestos aduaneros, al tipo de cambio oficial. Este sistema es para productos de hasta 20 kilos y USD 3.000 y siempre para uso personal. En relación al pago de impuestos, si la compra se realiza a través del Correo Argentino cada cliente debe hacer la declaración en el portal de envíos internacionales de la empresa y ahí el sistema determina si debe abonarlos o no de acuerdo al valor del envío y la franquicia disponible.

 

Si se compra un artículo que cuesta USD 70 y la persona tiene cupo disponible, va a pagar el 50% de impuestos sobre el excedente de la franquicia. Por ejemplo, para una compra de USD 70 el excedente es USD 20, mientras que el por el 50% de ese excedente se debería abonar USD 10 de impuestos. Solo en el caso que Aduana requiera verificación de contenido de la mercadería se debe hacer un trámite personal, de lo contrario toda la operación se puede realizar de forma online.