CASTELLI: DURA CONDENA PARA MADRE QUE PROSTITUÍA A SU HIJA

También fue condenado un vecino de dicha localidad por tocamientos a la menor. Según el veredicto la mujer contactaba telefónicamente a “los clientes” para ofrecerles los servicios sexuales de su hija, siendo la mayoría de ellos camioneros.

En el marco de un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores, la Dra. Claudia Castro condenó a una mujer que prostituía a su hija menor en Castelli y por lesionarla, también a un vecino de la localidad juzgado por tocamientos a la víctima.

La Juez indicó en su fallo tener legal y plenamente probado los siguientes ilícitos:

Hecho I: en horas del mediodía del 26 de octubre de 2017 en el interior de un domicilio de la ciudad de Castelli, una mujer previo insultar a su hija y llevarla tomada del cabello al interior de una habitación le propinó cachetadas en la cara y golpes de puños en la espalda, ocasionado que ésta cayera y se golpeara el brazo derecho con el filo de la ventana, sufriendo lesiones a consecuencia de ello.

Hecho II: entre los años 2016 y 2017 la misma mujer promovió y facilitó la prostitución de su hija menor, contactándose telefónicamente para ello con hombres adultos, a los que la entregaba para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero. Los encuentros sexuales se concretaban en vehículos particulares de esos clientes, en el domicilio de éstos o en un hotel alojamiento.

Hecho III: en esos mismos años un vecino de la localidad que asistía diariamente al domicilio de la menor pues mantenía una relación con su madre, abusó sexualmente de aquella mediante tocamientos inverecundos en sus partes íntimas.

La Juez señaló en el veredicto que en la casa de la imputada se vivenciaban a diario episodios de violencia por parte de esta respecto de sus hijos, y que en el marco de esos sucesos la menor víctima  había resultado lesionada, motivo por el cual había radicado una denuncia y había sido hospitalizada, a raíz de lo cual se había iniciado una investigación.

La menor relató que su madre la mandaba a la ruta a esos encuentros sexuales a cambio de dinero, fundamentalmente con dos hombres, que se comunicaba por teléfono y que ellos la pasaban a buscar, iban a un campito en la ruta a venía al  hotel azul en Dolores. Que el dinero que le entregaban esos hombres se lo daba a su madre.

Respecto del otro imputado contó como habían sido esos tocamientos, manifestó que le tenía miedo, que había amenazado con prender fuego la casa o pegarles a todos, que además tenía un arma.

Dijo la Juez haber advertido “angustia” durante toda la declaración de la menor, agregando, “sus dichos resultaron absolutamente sinceros, creíbles y por cierto, teñidos por momentos de un alto nivel de resignación”.

Una profesional que había entrevistado a la menor dijo que según ella había relatado, “la mayoría de las personas con las que su madre la hacía mantener contacto sexual, eran camioneros que pasaban por la casa a buscarla”.

Ambas defensas pidieron la absolución de sus defendidos, sin embargo para la Juez en contrario a lo sostenido por los Defensores, la prueba ventilada en el juicio la había convencido de la existencia de los hechos y la autoría de los imputados en cada caso.

Por ello la Dra. Claudia Castró resolvió condenar a V.A.G., de 42 años, con domicilio en Castelli y actualmente alojada en la Unidad Penal 50 de Batán, como autora de los delitos de “Lesiones Leves calificadas por el vínculo (Hecho I)” y “Promoción y facilitación de la prostitución agravada por la minoría de edad de la víctima y por el parentesco (Hecho II), imponiéndole una pena de “Once años de prisión”.

Y a C.J.L.M. de 50 años de edad, con domicilio en Castelli y actualmente alojado en la Unidad Penal 6 de Dolores, como autor del delito de “Abuso sexual”,  a quien impuso una pena de “Dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento”, pero en definitiva a la pena única de “Cinco años de prisión”, comprensiva de la de “Tres años de prisión en suspenso” (cuya condicionalidad se revocó) impuesta en 2013 por el Tribunal en lo Criminal Nro. 2 por su responsabilidad en un incendio intencional.

Nota: se omiten detalles que pudieran permitir identificar a la víctima.

FUENTE COMPROMISODIARIO