• La OMIC local recibirá denuncias de los consumidores que adviertan sobreprecios.
• La medida intenta poner un freno a los aumentos desmedidos en plena pandemia de coronavirus.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor de la Municipalidad de Lezama hace saber que, por Resolución Nº86/2020, se dispuso establecer la retrocesión transitoria del precio de venta del alcohol en gel -en todas sus presentaciones- cuya comercialización se encuentre autorizada en el territorio nacional, a los valores vigentes al día 15 de febrero de 2020. Los precios de venta establecidos por la presente medida no pueden ser alterados durante un período de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir del día 13/03/2020, momento de la entrada en vigencia de la resolución. Dicho plazo puede ser prorrogado previo análisis del estado de situación de la emergencia sanitaria.
Se intima a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización del alcohol en gel y sus insumos, a incrementar la producción de tales bienes hasta el máximo de su capacidad instalada durante el período de vigencia de la presente medida.
Las infracciones a las disposiciones de la Resolución Nº86/2020, serán sancionadas conforme a los contenidos en la Ley N° 20.680 y sus modificatorias, por lo que, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional; Provincial y Municipal que nos encontramos atravesando, se solicita a todos los establecimientos comerciales del Partido de Lezama atrapados por la norma, que sean respetuosos de ella evitando sanciones.