
La medida alcanzará a monotributistas, comerciantes y empresas que operen con cuentas en Mercado Pago, Personal Pay y otras plataformas similares.
10 de Septiembre de 2025
BUENOS AIRES – A partir del 1° de octubre, los contribuyentes bonaerenses que utilicen billeteras virtuales comenzarán a estar sujetos a retenciones de Ingresos Brutos (IIBB), en un esquema que replica lo que ya ocurre con las cuentas bancarias a través del sistema SIRCREB.
La medida quedó oficializada mediante la Resolución Normativa 25/2025 de ARBA, que establece la adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA). Según el organismo, no se trata de un impuesto nuevo, sino de la incorporación de las billeteras virtuales al régimen de retenciones existente.
Cómo funcionará el sistema
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Se retendrá un porcentaje en cada acreditación recibida, con alícuotas que van del 0,1% al 5%, según la actividad declarada.
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No habrá retenciones en transferencias entre cuentas de un mismo contribuyente.
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La medida alcanzará tanto a personas físicas como jurídicas, siempre que figuren como contribuyentes de IIBB.
Quedarán excluidos de las retenciones los pagos de jubilaciones, pensiones, salarios, exportaciones, intereses de plazos fijos, rescates de fondos comunes, devoluciones de impuestos y planes sociales.
Quiénes serán alcanzados
El régimen impactará en monotributistas, pequeños comerciantes y empresas que facturen en territorio bonaerense, incluyendo a quienes están inscriptos bajo el Convenio Multilateral.
Desde ARBA remarcaron que la adhesión bonaerense generará tres cambios principales:
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Se sumarán contribuyentes que antes no sufrían retenciones.
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Aquellos ya alcanzados en otras provincias tributarán también en Buenos Aires.
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Se amplía el alcance para quienes operen en varias jurisdicciones.
Fechas de implementación
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1° de octubre de 2025: para proveedores ya designados en otras provincias.
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1° de noviembre de 2025: para el resto de los prestadores de servicios de pago.
Con esta decisión, la Provincia busca equiparar el régimen impositivo de las billeteras virtuales con el sistema bancario tradicional, reforzando la recaudación y unificando criterios con otras jurisdicciones.
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