En el marco de un juicio abreviado realizado en el Juzgado Correccional nº 1 Departamental. Las plantas del estupefaciente fueron halladas durante un allanamiento realizado en enero de este año.
En el marco de un juicio abreviado sustanciado recientemente en el Juzgado Correccional nº 1 Departamental, el Juez Emiliano Lazzari condenó a un joven vecino de Dolores juzgado por tenencia de plantas de marihuana.
El acuerdo de juicio abreviado había sido alcanzado por el Fiscal y el Defensor con ratificación expresa del procesado, en cuanto a la calificación y el estimado de la pena a imponer, solicitándose que la misma fuera unificada con una dictada con anterioridad.
Sobre los hechos señaló el magistrado en su veredicto, que tenía legal y plenamente probado que en horas de la tarde del 15 de enero de 2019, en oportunidad que personal de la Comisaría Distrital realizaba un allanamiento en una vivienda de calle Moreno al 900 de nuestra ciudad, un sujeto identificado como Braian Gabriel Zeballos tenía en el fondo del patio de la misma seis plantas de cannabis sativa (marihuana), cuyas hojas dieron un pesaje de 2.050 gramos.
Según surge del acta policial el resultado del allanamiento en la propia vivienda había sido negativo, pero que al registrarse el patio, en un espacio delimitado por un cercado casero de chapas, se había podido observar la existencia de plantas de marihuana de aproximadamente 2 metros. Que minutos después se le realizó a una hoja el test de orientación para marihuana, que dio positivo, por lo que se procedió al pesaje de las plantas y que arrojaron, 2.050 de hojas, 4.610 gramos de tallos y un total de la vegetación de 6.600 gramos.
Dos testigos dijeron tener conocimiento que el imputado tenía esas plantas en ese domicilio, que sabían que esa persona consumía, porque el mismo lo había contado.
La Pericia determinó que el material vegetal extraído arrojaba un peso total de 450.20 gramos, con el que se podían preparar 900 cigarrillos.
El Juez resaltó en el fallo, que con las evidencias recogidas en la en la investigación se podía concluir que en ese domicilio se había encontrado una cantidad importante de sustancia estupefaciente, pero que no había elementos concretos que permitieran certificar que la tenencia era destinada al comercio, destacando, que el procesado no solo era consumidor sino también cultivador, ya que tenía adaptado el fondo de la casa para tener plantas a la intemperie.
Señaló además, que si bien el auto cultivo se encuentra difundido en la sociedad esa práctica no ha sido admitida por la norma legal, puesto que la tenencia de una cantidad de sustancia que excede lo que se pueda entender para consumo es justamente penado.
Por ello el Juez Emiliano Lazzari resolvió condenar a Braian Gabriel Zeballos, de 26 años de edad, como autor de “Tenencia simple de estupefacientes”, imponiéndole una pena de “Un año de prisión de efectivo cumplimiento”. Y en cumplimiento del acuerdo de juicio celebrado por las partes, le dictó una pena única de “Un años y tres meses de efectivo cumplimiento”, comprensiva de la dictada por el Juzgado Correccional 3 en mayo pasado y que se encuentra en ejecución.