DOLORES: CONDENAN A VECINO POR TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO

Fue aprehendido junto a otra persona, no sometida este juicio, en junio del año pasado en el camino a Libres del Sur, Partido de Chascomús. La sentencia fue dictada por el Juez de Feria, encontrándose a cargo del Juzgado Correccional nº 2 Departamental.

En los primeros días del mes de enero pasado, el Dr. Emiliano Lazzari como Juez de Feria y a cargo del Juzgado en lo Correccional n° 2 Departamental, condenó en el marco de un juicio abreviado a un vecino de nuestra ciudad juzgado por tenencia ilegal de arma de fuego.

El juicio había sido consensuado por el Fiscal y el Defensor, este con ratificación del procesado en cuanto a la calificación y la imputación de considerárselo coautor del delito endilgado.

Sobre el hecho el Juez señaló tener por legal y plenamente probado, que en las primeras horas del 27 de junio de 2019, en el camino a Libres del Sur (Cuartel 4to. del Partido de Chascomús) personal policial observó un vehículo de color rojo detenido a la vera del camino, junto al cual se encontraban tres sujetos, uno de los cuales al ver el móvil policial emprendió la fuga por los campos. Los dos restantes que permanecieron en el lugar fueron identificados (uno no sometido a este juicio), quienes tenían en su poder sin la debida autorización legal, un arma de fuego, la que al advertir la presencia policial habían arrojado entre los pastizales, siendo esta una carabina semiautomática Beretta modelo LR, calibre .22, con mira telescópica, cargador colocado y  con una bala en la recámara, de la cual no tenían documentación alguna y además presentaba la numeración suprimida, razón por la cual ambos fueron aprehendidos,

Si bien los imputados refirieron que el arma pertenecía a un tercero, precisó el magistrado que ello no lograba desvirtuar la circunstancia que cada uno de ellos hubiera estado ejerciendo una tenencia compartida de un arma de fuego de uso civil, que es un bien registrable.

“La sola posesión de este tipo de bienes, sin cumplimentar previamente su habilitación respectiva, permite configurar el delito…” señaló en la resolución, en la que agregó, “más allá que señalaron que se encontraban cazando, el aquí imputado o su compañero, no adoptaron la mínima diligencia para indagar si el arma contaba con la documentación para ser trasladada y usada efectivamente, más aun teniendo en cuenta que se desplazaron más de 90 kilómetros a esos fines, es decir desde la ciudad de Dolores hacia Chascomús…”.

Finalmente el Dr. Lazzari resolvió condenar a Pedro Elián Rosales, de 31 años de edad, con domicilio en Dolores, por resultar coautor penalmente responsable del delito de “tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil”, imponiéndole una pena de “Seis meses de prisión de efectivo cumplimiento”, la que se dio por purgada con la detención sufrida.

Al propio tiempo el Juez dispuso decomisar el arma secuestrada, dado que no se había podido acreditar que el imputado fuera el titular de la misma, ni podido acreditar quien era su titular, pero sí que “ha sido usada para la comisión del presente delito”.

PUBLICADO EN DIARIO COMPROMISO