EL GOBIERNO AUMENTÓ A $175.000.- EL PISO SALARIAL DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Hasta ahora lo pagaban quienes ganaban más de $150.000.- brutos por mes. Aseguran que impactará en más de 1.200.000 trabajadores. La modificación fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y rige desde septiembre.

Tras la dura derrota electoral, el Gobierno aumentó a $ 175 mil el piso salarial del Impuesto a las Ganancias. La modificación fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y rige a partir de los sueldos del mes actual.

La medida fue anunciada en el marco de distintos alivios fiscales con los que el oficialismo busca recuperar votos en las elecciones de noviembre.

Se trata de una corrección del monto para acomodarlo a la inflación, que está por encima de la previsión oficial de principios de año.

«Las y los trabajadores que, a partir de septiembre, perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175 mil no pagarán el impuesto. La medida incrementa el piso de $ 150 mil y el umbral de $ 173 mil a $ 175 y $ 203 mil, respectivamente», señalaron fuentes oficiales.

Los trabajadores alcanzados por ese «umbral» abonarán el impuesto pero pagarán una escala reducida.

«La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las y los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $ 175 mil. Con la actualización, el 1.267.000 personas que dejaron de pagar el Impuesto a las Ganancias cuando se aprobó la ley en abril seguirán sin pagar el impuesto», agregaron.

Según el Gobierno, con la nueva modificación, «el aumento de las paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado por el gobierno y solo seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores«.

La modificación del piso salarial del impuesto no modifica el mínimo no imponible y las escalas para quienes deben abonarlo. Esos puntos se actualizan por ley. «El mínimo no imponible del impuesto, todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse a partir del 1° de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios», aclararon desde el Gobierno.

Cuando se elaboró el proyecto de Ganancias, en enero, la pauta inflacionaria era del 29% y las paritarias acordaban aumentos del 30/31%. Ahora, la inflación real se proyecta a más del 45% y las paritarias revisaron hacia arriba las escalas anteriores y los nuevos convenios arrancaron con incrementos de más del 40%. Por esa razón, el piso salarial de $ 150.000 estaba quedando atrasado.

Tal como contó Clarín, la actualización anunciada este miércoles implica un aumento del 16,7% y por la demora en la implementación es muy difícil que los empleadores puedan aplicarla al pago de salarios de septiembre.

Una situación similar ocurrió cuando se aprobó el piso salarial de $ 150.000. Originalmente, el proyecto de ley preveía aplicarlo sobre los sueldos de abril. Pero la ley fue reglamentada el 25 de mayo y las normas de AFIP se publicaron el 15 de junio.

Por esas demoras, en la mayoría de los casos, el nuevo piso y la devolución de las primeras cuotas por lo retenido desde enero en adelante recién se pudieron aplicar sobre los sueldos de julio y agosto, que se percibieron hasta los primeros días de agosto y septiembre.

Otras medidas en clave de campaña

Dentro del paquete de medidas económicas anunciadas con el objetivo de dar vuelta la derrota electoral de las PASO, el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, por unanimidad, aprobó este martes llevar el salario mínimo a $ 31.104 para este mes y a $ 32.000 desde octubre para los mensualizados y $ 160 la hora para los jornalizados.

Según las nuevas escalas, para septiembre representa un incremento adicional del 9% sobre las escalas de marzo. Y otro 4% en octubre.

A su vez, desde el 1° de febrero de 2022, habrá otro aumento del 3%, por lo que el salario mínimo alcanzará los $ 33.000 en marzo. En total, desde marzo de 2021 -cuando era de $ 21.600- hasta marzo de 2022, la suba total será del 52,8%.

En sintonía con estas medidas económicas, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto de ley de “condonación de deudas para entidades sin fines de lucro, mypymes y pequeños contribuyentes con deudas inferiores a $ 100.000 vencidas hasta el 31 de agosto de 2021”.

El proyecto además amplía la moratoria de la Ley de Emergencia que venció el 31 de julio del año pasado para deudas vencidas entre el 1° de agosto de 2020 y el 31 de agosto de 2021.

El proyecto, presentado a 54 días de la elección legislativa, excluye de esos beneficios al Aporte Solidario Extraordinario («impuesto a la riqueza») ya que no tiene naturaleza tributaria.

publicado en Clarín