FALLO A FAVOR DEL CLUB DEPORTIVO CHASCOMÚS

La jueza de Paz de Chascomús, Dra. María Juliana Hernández, dispuso revocar lo resuelto por el Juez de Faltas Municipal en lo que se denomino «Obstrucción al ingreso a los inspectores» al nocturno de papy fútbol que organiza el Club Deportivo Chascomús.

Asimismo, dejó sin efecto la multa y clausura de las instalaciones de la entidad y ordenó el pase a archivo de las actuaciones llevadas a cabo por los agentes municipales una noche de torneo.

Desde la institución manifestaron que “como lo dijimos en aquella ocasión, nunca obstruimos el ingreso, solamente organizamos un papy y queríamos que las reglas sean claras”.
Lo dictaminado por el Juzgado de Paz, indica que se resuelve:
1) Hacer lugar al recurso de apelación incoado por el Sr. Juan Augusto Casullo.
2) Absolver al Sr. Juan Augusto Casullo respecto de la infracción art 86 de la Ordenanza 5457/20 presuntamente cometida el 18 de diciembre de 2020.

Donde se le había condenado a la “multa de 50 módulos equivalentes al momento del dictado de la sentencia a la suma de 9 mil pesos con más la suma de 90 pesos en concepto de tasa administrativa” por una supuesta obstrucción a inspección municipal.
Además de dejar sin efecto la multa y clausura, el fallo del Juzgado de Paz determinó “disponer el archivo de las actuaciones”, por lo cual el tesorero del club subrayó que “se evidenció que lo manifestado en el acta de inspectores no fue lo que ocurrió”.

En base a ello, desde la entidad se recordó el hecho sucedido en la noche del 18 de diciembre del año anterior donde inspectores se acercaron a las puertas del Club Deportivo para controlar la cantidad de personas habilitadas en ese entonces, y que al solicitarles que realizaran el conteo como corresponde, dijeron que era una obstrucción y el Juez de Faltas ordenó la clausura un día antes de la notificación y una multa al presidente.

publicación e imagen en elfuertediario.com.ar