El fallo, emitido por el juez Félix Adrián Ferrán, establece que la empresa Pura Sal SRL y la aseguradora Federación Patronal Seguros deben hacer frente a esta millonaria suma por no haber cumplido con su «deber de seguridad», tal como lo reportó La Capital de Mar del Plata. El total de la indemnización se distribuye en: $1.200.000 por gastos médicos y farmacéuticos; $38 millones por incapacidad parcial y permanente, y $13 millones por daño moral.
Un fatídico festejo
El incidente ocurrió el 17 de marzo de 2017, en plena madrugada, mientras el joven de 21 años disfrutaba de la celebración de San Patricio junto a dos amigas en el boliche de la escollera norte. Dentro del local, un objeto de vidrio explotó y lo golpeó en la cara, causándole serias heridas que le dejaron cicatrices permanentes, además de secuelas físicas y psicológicas de gran magnitud.
Tras la agresión, la víctima se sometió a una cirugía el 15 de mayo de 2018 para intentar disimular las cicatrices faciales y recuperar la sensibilidad perdida, pero la intervención no resultó exitosa. De acuerdo con los informes médicos, las cicatrices persistieron y la pérdida de sensibilidad continuó afectando su vida diaria. Un especialista en julio de ese mismo año concluyó que el joven sufría una incapacidad del 44,8%.
Las secuelas psicológicas y el aislamiento
El impacto de las cicatrices no fue únicamente físico. El joven relató que las marcas en su rostro lo desfiguraron, y desde entonces se ha visto obligado a luchar constantemente por mejorar su apariencia, utilizando cremas costosas y evitando el sol. Este proceso lo llevó a recluirse en su hogar, sin deseos de recibir visitas y abandonando su carrera de abogacía debido al temor de exponerse al juicio visual de los demás.
La víctima explicó que se aisló por completo, ya que «tenía una sensación desagradable al ver las reacciones de la gente cuando le miraba la cara». El juez Ferrán recogió en su fallo que el joven sufre un estrés postraumático moderado, que le provoca un grado de incapacidad neuropsiquiátrica del 25%. Como resultado, la depresión y el sufrimiento psicológico han transformado radicalmente su forma de ver y enfrentar la vida.
La aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor
En su fallo, el juez Ferrán destacó que la decisión se basó en la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), subrayando la responsabilidad del boliche al no garantizar la seguridad de los asistentes. Además, aclaró que los montos de la indemnización se ajustarán de manera mensual según el índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC, sumado a una tasa de interés pura del 6% anual sobre el capital ajustado, hasta que se concrete el pago.
Este caso es un recordatorio sobre la importancia del cumplimiento de las normas de seguridad en lugares de esparcimiento nocturno. No solo está en juego el bienestar de quienes los visitan, sino también la responsabilidad civil de los propietarios. Las secuelas físicas y emocionales que enfrenta este joven revelan lo devastador que puede ser un evento negligente, recordándonos que la seguridad debe ser siempre la prioridad.