La medida fue oficializada mediante una disposición publicada en el Boletín Oficial y permitirá que diez principios activos puedan adquirirse sin receta médica. La decisión comenzará a regir desde este miércoles.
28 de julio de 2026
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó la venta libre de diez medicamentos que hasta ahora solo podían comercializarse bajo receta médica.
La medida fue establecida mediante la Disposición 4714/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y alcanza a distintas especialidades medicinales de administración oral, oftálmica y tópica que cumplen con los requisitos fijados por el organismo.
Según explicó la ANMAT, los principios activos incluidos cuentan con un amplio historial de uso seguro y llevan al menos cinco años en el mercado sin registrar efectos adversos graves que modifiquen su perfil de riesgo-beneficio.
Entre los medicamentos alcanzados por la nueva disposición se encuentran tratamientos utilizados para aliviar alergias, trastornos digestivos, mareos, tos y diversas afecciones de la piel y los ojos.
La decisión busca facilitar el acceso a medicamentos considerados seguros para su uso sin supervisión médica directa, aunque las autoridades sanitarias recordaron la importancia de utilizarlos de manera responsable y respetando las indicaciones de los prospectos.
La nueva condición de venta libre comenzará a regir desde este miércoles para todas las especialidades medicinales comprendidas en la disposición.
Los diez principios activos autorizados para venta libre son:
- Trimebutina maleato (100 mg).
- Levocetirizina diclorhidrato (5 mg y 5 mg/ml). No es cetirizina, sino levocetirizina.
- Fexofenadina clorhidrato.
- Dimenhidrinato.
- Nafazolina + feniramina (solución oftálmica).
- Olopatadina (solución oftálmica).
- Tintura de árnica montana + nitrato de plata + carbonato de calcio (preparación tópica/oral).
- Cloruro de aluminio hexahidratado (solución tópica al 20%).
- Carboxicisteína (solución oral al 5%).
- Ivermectina (loción tópica al 0,5%).
Fuente: 0223, ANMAT, Boletín Oficial y Disposición 4714/2026.
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