También para que ponga en funcionamiento la nueva Planta de Residuos en construcción. El fallo se dictó en el marco de un amparo presentado por un abogado del foro local y que tramitó por sorteo en el Tribunal de Trabajo nº 2 Departamental.
En un fallo reciente dictado por el Juez Dr. Xabier Uriaguereca, se hizo lugar al amparo presentado por el Dr. Hugo Mauricio Trigo contra el Estado municipal o provincial por la contaminación ambiental que producen los basurales a cielo abierto existentes en nuestra ciudad.
Además y aunque no se lo indica, el contenido de la resolución viene a echar por tierra los argumentos y el slogan de la gestión Etchevarren, “Dolores ciudad verde”.
Veamos por qué y qué se resolvió.
El Magistrado resaltó, que en un proceso ambiental el Juez tiene la función primordial de “prevenir el daño ambiental” dictando medidas cautelares o de urgencia, más aún dijo, las puede dictar de oficio “pues comparte las inquietudes e intereses de sus convecinos”.
Precisó que en el expediente existía “verosimilitud suficiente”, que en la ciudad había lugares donde se acumulaban residuos a cielo abierto, puntualizando entre ellos uno en el Pasaje Carlos Gardel y Canal 9, en la intersección de Espora y Mar del Plata (con presencia de porcinos indicó), en calle Favaloro y Hernández, también en Bassi y Capiel.
Refirió al respecto, que tanto de un informe de la Dirección de Prevención Ecológica y Sustancia Peligrosas de la Provincia, como de inspecciones que se realizaron y de las que participaron jueces de este Tribunal, demostraba que los predios indicados “se encuentran sin perimetrar y con libre acceso”, pudiendo ello conllevar una situación de riesgo para la seguridad de los posibles transeúntes. Asimismo resaltó, que los residuos estaban expuestos al ambiente, siendo ello propicio como criadero de mosquitos y roedores, también foco de infecciones e incendios, existiendo según el Juez “riesgo grave e inminente de perjudicar o alterar el ecosistema”.
Agregó, que la Municipalidad de Dolores había informado que “se encuentra trabajando desde el año 2009 en la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, acotando las acciones emprendidas para habilitar la nueva Planta de Residuos (nota de redacción: siete años después, en agosto de 2016, se anunció el inicio de su construcción).
Por otra parte resaltó el Juez, que con fecha 24 de abril de 2018 se había agregado a las actuaciones el mencionado informe de la Dirección de Prevención Ecológica y Sustancias Peligrosas, que sumado a la prueba recolectada, mostraba la necesidad de “decretar una medida de cautela, de urgencia, que sea aplicación del principio precautorio del derecho ambiental”.
Por ello el Juez Xabier Uriaguereca resolvió:
Que el Municipio de Dolores junto al Estado provincial, realicen “el control preventivo, efectivo y permanente; y la remoción de los residuos acumulados” en un plazo no mayor a los tres meses, debiendo agregar informes mensuales en la causa de las acciones realizadas.
Instar al Municipio de Dolores conjuntamente con el estado Provincial, a tomar las medidas necesarias para hacer efectivo el poder de policía, realizando los controles que eviten que se siga arrojando residuos en los predios mencionados.
Dispuso que la Municipalidad de Dolores proceda al cierre perimetral de todos los predios mencionados, y que se adopten las medidas necesarias para el saneamiento de los mismos en un plazo de seis meses.
Y por último, disponer que la Municipalidad de Dolores proceda a concluir y poner en funcionamiento la Planta de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos que manifestó haber iniciado, “en un plazo no mayor a los cuatro meses”, con informes mensuales al Tribunal.
PUBLICÓ COMPROMISO